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Para la realización de trabajos de quema en terrenos agrícolas, forestales y zonas de influencia los vecinos y vecinas están obligados a solicitar la correspondiente comunicación o autorización de quema:

♦ Restos acopiados:

– Quema de restos agrícolas acopiados: comunicación de quema (se solicitará con una antelación mínima de dos días)

– Quema de restos forestales acopiados: autorización de quema (se solicitará con una antelación mínima de siete días)

♦ Quemas controladas:

– Quema que para su realización deberá contar con la presencia de personal técnico autorizado para la gestión de las quemas y con equipos de extinción de incendios: autorización de quema (se solicitará con una antelación mínima de siete días) días)

Para realizar una COMUNICACIÓN DE QUEMA, los vecinos y vecinas pueden:

Llamar al teléfono 012, o

Acceder al procedimiento vía online en el siguiente enlace: IR AL ENLACE Comunicaciones de quema de restos agrícolas acumulados

Para realizar una AUTORIZACIÓN DE QUEMA, los vecinos y vecinas pueden:

Llamar al teléfono 012

Con carácter general, están prohibidas las quemas en los meses de julio, agosto y septiembre, más un período adicional de aproximadamente un mes en función de las condiciones meteorológicas y de riesgo.
En el siguiente enlace a la página web de la consellería de medio rural puede acceder a la Información relativa a las comunicaciones de quemas:

IR AL ENLACE Información sobre comunicaciones de quemas

En el siguiente enlace pode consultar el índice de riesgo diario de incendio forestal:

IR AL ENLACE Índice de riesgo diario de incendio forestal (IRDI)

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