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Las prestaciones económicas municipales prestadas a los vecinos y vecinas de Mugardos constituyen un recurso para situaciones coxunturais de necesidad, y por tanto, no garantizan de manera permanente a cobertura de las necesidadees relacionadas con la carencia de medios para la subsistencia.

Son prestaciones económicas de carácter extraordinario, transitorio y no habitual, destinadas a apoyar a personas y familias con escasos recursos económicos que puedan verse afectadas por graves problemas de convivencia, situaciones de emergencia social y/o encontrarse en situación de riesgo o exclusión social.

Se establecen cuatro tipos de prestaciones económicas:

1. Prestaciones económicas de apoyo a la convivencia y autonomía personal. Dirigidas a la prevención de situaciones de crisis producidas por una necesidad coxuntural provocada por carencias de recursos económicos que dificultan la normal convivencia y desarrollo personal y familiar. Las cuantías de esta prestación, en ningún caso podrán ser superiores a 1.000 euros anuales en cada uno de los conceptos.

  • Conceptos
    1. Impagos de alquiler que puedan desestabilizar la situación socioeconómica familiar.
    2. Acondicionamiento de la vivienda, pequeñas reformas del hogar. Se incluye en este apartado enseres domésticos, electrodomésticos básicos, reparaciones en la vivienda.
    3. Situaciones coyunturales que provoquen dificultades para la cobertura de necesidades básicas.

2. Prestaciones económicas para la inserción social de persoas y familias en proceso de exclusión o en situación de exclusión social. Estas prestaciones formarán parte de un plan de intervención individualizado, a modo de itinerario de inserción. Los planes irán dirigidos a rehabilitar habilidades y competencias, de cara a lograr la autonomía personal, así como a facilitar la inclusión en los distintos sistemas sociales (empleo, salud, vivienda, educación…). En ningún caso la cuantía de esta prestación podrá ser superior a 2.600 euros/año.

  • Conceptos
    En los planes se establecerán las finalidades y conceptos concretos a las que se destinará la prestación económica, siendo ratificada mediante firma por el/la titular de la familia en el compromiso de colaboración.

3. Prestaciones para atender situaciones de emergencia social ocasionadas por la pérdida sobrevenida de la vivenda, imposibilidad de continuar en el fogar y/o situaciones de desamparo personal. Estas prestaciones irán destinadas a atender las siguientes situaciones: desalojos domiciliarios motivados por la declaración de ruina inminente del inmueble, orden judicial por desahucios, impagos del alquiler, pérdida o grave daño del hogar debido a desastres naturales o incendio del domicilio o situaciones de desamparo personal.

  • Conceptos:
    a) Nuevo alquiler: hasta 1 mes del importe del alquiler, no se pueden superar los 300 euros anuales.
    b) Gastos de hospedaje: hasta 15 días de alojamiento en un establecimiento hotelero, no se pueden superar los 300 euros anuales.
    c) Reparación de la vivienda habitual: dirigida a proporcionar niveles mínimos de habitabilidad, no se pueden superar 1.500 euros anuales.
    d) Adquisición de mobiliario básico y enseres personales para la vivienda habitual y sus residentes, no se pueden superar 1.000 euros anuales.
    e) Cualquier otra situación especial de emergencia, previa justificación por el/a trabajador/a social.

4. Las ayudas económicas familiares son prestaciones económicas temporales con carácter preventivo que se conceden a familias, para la atención y cuidado de los/as menores a su cargo, ante situaciones de carencia o déficit de recursos económicos. La cuantía y periodicidad de la prestación se determinará por la comisión de valoración.

  • Conceptos
    Las ayudas irán destinadas a cubrir las necesidades básicas del/la menor, implicando un trabajo de apoyo familiar complementario.

El acceso a estas prestaciones será mediante la presentación de una solicitud y estará sujeto a la valoración y diagnóstico por parte de los/as trabajadores/as sociales de Servicios Sociales comunitarios. Los requisitos generales para la solicitud de estas ayudas son:

1. Tener la mayoría de edad o estar emancipado/a legalmente.
2. Estar empadronado/a y residir en el Ayuntamiento de Mugardos, con una antigüedad mínima de 6 meses, excepto que la prescripción técnica valore la necesidad de la ayuda sin tener en cuenta el dicho período.
3. No poseer más propiedades que la de la vivienda que habitan, excepto que la valoración de los/as profesionales lo fundamenten.
4. No estar pendiente de justificar documentalmente las prestaciones concedidas con anterioridad.
5. No ser propietario/a de cantidades económicas que se considere que puedan solventar la situación de necesidad manifestada.
6. Tendrán que solicitar las prestaciones a las que puedan tener derecho por otra administración pública.
7. Acreditar documentalmente la necesidad de la prestación (situación económica, laboral, social, etc).

Se deberá registrar la solicitud junto con la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos generales y los específicos de la ayuda o ayudas solicitadas (que pueden consultarse en el reglamento disponible en el apartado de normativa).

  • Oficina de Registro General del Ayuntamiento de Mugardos.

Avenida de Galicia nº 45, bajo

Horario de atención al público de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas

  • Sede electrónica municipal: requiere identificación digital (DNIe/Certificado dixital – Cl@ve PIN – Cl@ve permanente)

IR AL ENLACE Acceder á sede electrónica del Ayuntamiento de Mugardos

En el siguiente enlace puede acceder a la video guía para realizar una solicitud a través de la sede electrónica:

Video guía para registrar una instancia tipo con documentación adicional

Se recuerda que no hace falta tener una autenticación permanente en el ordenador o en el terminal telefónico para la realización de tramitaciones online. Las personas interesadas podrán solicitar de forma sencilla y segura una Cl@ve PIN temporal (de 24 horas) para la realización de cualquier tramitación a través de la sede electrónica. En el siguiente enlace puede accederse a la página web oficial para la solicitud de la Cl@ve PIN temporal (si es la primera vez que se solicita deberá realizarse el registro como usuario previamente):

IR AL ENLACE Obtención de Cl@ve PIN temporal de 24 horas

IR AL ENLACE Registro en Cl@ve

Una vez realizada la solicitud, la persona solicitante podrá ser llamada por los servicios sociales municipales para la diagnosis y valoración de la solicitud realizada. Los/as profesionales deberán hacer la valoración de la solicitud y de la documentación aportada en el plazo máximo de un mes.

Existe una ordenanza municipal vigente que regula las prestaciones económicas de los servizos sociais comunitarios del Ayuntamiento de Mugardos:

DESCARGAR PDF Reglamento de las prestaciones económicas municipales

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