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PROGRAMA PROVINCIAL DE APOYO AL COMERCIO LOCAL DE MUGARDOS

Objetivos

El objetivo de este programa de la Diputación de A Coruña es incentivar la demanda comercial, ayudando económicamente a las personas consumidoras, así como fomentar el consumo en los establecimientos comerciales adheridos a la campaña.

Además, el programa tiene como finalidad propiciar el fortalecimiento del sector comercial de la Provincia de la Coruña en aquellos concellos de menor población, dinamizar la actividad comercial promoviendo las compras de bienes en comercios de proximidad, mejorar el fondo de maniobra de los establecimientos comerciales y paliar el impacto negativo derivado de la actual situación inflacionista.

Actividad subvencionable

1.  Por  medio  de esta  convocatoria  se subvencionará la  compra  de  bienes,  a  través  de  bonos  de descuento, en los establecimientos comerciales de los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de la Provincia de A Coruña adheridos al programa.

2. Las ventas subvencionadas serán las que se realicen entre el día 20 de octubre hasta el día indicado en el artículo 18 de estas bases.

3. Estos  bonos non se podrán  emplear  para  la adquisición  de tarjetas regalo,  vales,  bonos o similares.

Beneficiarios y requisitos de las solicitudes

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas físicas mayores de 18 años, con independencia  del lugar  donde residan,  que realicen  las actuaciones  establecidas en el artículo 5 de estas bases reguladoras.

Para ser beneficiarias tendrán que tramitar sus solicitudes conforme lo establecido en estas bases

Alta e requisitos dos comercios para a adhesión ao programa

1. Los establecimientos comerciales que desxen adherirse al programa deberán registrarse en la web www.mercanavila.gal

2. El  plazo  de adhesión  de los comercios  comprenderá  desde el día 6 al 20 de octubre  de 2025 a las

9:00 horas

3. Podrán adherirse al programa los establecimientos comerciales que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que tengan por lo menos un establecimiento comercial abierto en alguno de los Concellos de la Provincia de A Coruña de menos de 20.000 habitantes que se relacionan en el Anexo  I de las presentes Bases y reúnan las condiciones legalmente establecidas para el ejercicio de su actividad.

b)  Que  estén  dados de alta  en alguno  de los grupos  o epígrafes  del IAE  recogidos en el Anexo II de las presentes Bases.

c) Estar exento del pago del Impuesto de Actividades Económicas por aplicación del artículo 82.1.c) del

Texto  refundido  de la Ley  reguladora  de las haciendas  locales,  aprobado  por el  Real  decreto  legislativo

2/2004, del 5 de marzo.

Sistema de funcionamiento de los bonos

1. La descarga  de los bonos por las  personas  usuarias  se realizará en la web www.mercanavila.gal.  Estos tendrán formato digital a través de un código QR y estarán disponibles para su utilización en una APP que permita realizar pagos (Wallet o similar).

2. Para poder canjear los bonos y hacer efectivos los descuentos a las personas usuarias, los/las comerciantes tendrán que descargar en su móvil la APP habilitada al efecto por la entidad colaboradora.

3. En el momento  de la compraventa,  los/las  comerciantes  tendrán  que introducir  en la APP el importe  y el concepto   de la  venta,  apareciendo   automaticamente   el  importe   a  cobrar   (una   vez   aplicado   el descuento). El concepto de la venta introducido en la APP debe corresponderse con la numeración del tícket o factura de compra entregada a la clientela.

Las personas usuarias deberán mostrar su bono en formato código QR y pagar, en efectivo o con tarjeta, el importe final de la compra realizada.

4. Los  bonos descargados  se podrán  utilizar  hasta  que el importe  total  de los descuentos  efectivamente realizados en compraventas alcance el presupuesto de esta convocatoria.

Condiciones de uso dos bonos

1. Cada  persona  beneficiaria  dispondrá  de un único  bono que podrá  ser  usado en uno o varios  de los comercios adheridos al programa.

2. Cada bono tendrá la consideración de bono descuento por un valor de hasta 100 euros para las compras realizadas en los comercios adheridos.

El importe del bono se irá reduciendo en función del valor de la compra realizada de acuerdo con los siguientes criterios:

– Descuento de 5 € en compras iguales o superiores a 20 € e inferiores a 30 €.

– Descuento de 10 € en compras iguales o superiores a 30 € e inferiores a 50 €.

– Descuento de 15 € en compras iguales o superiores a 50 €. Todas estas cantidades se entienden con IVA incluído.

3. La validez de los bonos se extenderá hasta el plazo previsto en el artículo 18, salvo el agotamiento previo de su saldo, o hasta que el importe total de los descuentos efectivamente realizados en compraventas alcance el total del presupuesto del programa.

4. A través de la plataforma tecnológica del programa, los/as comerciantes tendrán su disposición la información necesaria y podrán consultar el histórico de sus ventas, los bonos ya canjeados, los abonos hechos por la entidad  colaboradora  y los demás detalles de cada operación.

5. En caso de devolución del bien o bienes comprados, el importe de la compra podrá ser canjeado por otra compra de precio igual o superior o por un vale sin caducidad por el importe correspondiente. El/la comerciante no podrá abonar a la persona consumidora, en ningún caso dinero en efectivo o en la tarjeta de crédito

6. No será aplicable el canje de esta ayuda para las compras en línea.

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