PROGRAMA PROVINCIAL DE APOYO AL COMERCIO LOCAL DE MUGARDOS
Objetivos
El objetivo de este programa de la Diputación de A Coruña es incentivar la demanda comercial, ayudando económicamente a las personas consumidoras, así como fomentar el consumo en los establecimientos comerciales adheridos a la campaña.
Además, el programa tiene como finalidad propiciar el fortalecimiento del sector comercial de la Provincia de la Coruña en aquellos concellos de menor población, dinamizar la actividad comercial promoviendo las compras de bienes en comercios de proximidad, mejorar el fondo de maniobra de los establecimientos comerciales y paliar el impacto negativo derivado de la actual situación inflacionista.
Actividad subvencionable
1. Por medio de esta convocatoria se subvencionará la compra de bienes, a través de bonos de descuento, en los establecimientos comerciales de los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de la Provincia de A Coruña adheridos al programa.
2. Las ventas subvencionadas serán las que se realicen entre el día 20 de octubre hasta el día indicado en el artículo 18 de estas bases.
3. Estos bonos non se podrán emplear para la adquisición de tarjetas regalo, vales, bonos o similares.
Beneficiarios y requisitos de las solicitudes
Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas físicas mayores de 18 años, con independencia del lugar donde residan, que realicen las actuaciones establecidas en el artículo 5 de estas bases reguladoras.
Para ser beneficiarias tendrán que tramitar sus solicitudes conforme lo establecido en estas bases
Alta e requisitos dos comercios para a adhesión ao programa
1. Los establecimientos comerciales que desxen adherirse al programa deberán registrarse en la web www.mercanavila.gal
2. El plazo de adhesión de los comercios comprenderá desde el día 6 al 20 de octubre de 2025 a las
9:00 horas
3. Podrán adherirse al programa los establecimientos comerciales que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que tengan por lo menos un establecimiento comercial abierto en alguno de los Concellos de la Provincia de A Coruña de menos de 20.000 habitantes que se relacionan en el Anexo I de las presentes Bases y reúnan las condiciones legalmente establecidas para el ejercicio de su actividad.
b) Que estén dados de alta en alguno de los grupos o epígrafes del IAE recogidos en el Anexo II de las presentes Bases.
c) Estar exento del pago del Impuesto de Actividades Económicas por aplicación del artículo 82.1.c) del
Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo
2/2004, del 5 de marzo.
Sistema de funcionamiento de los bonos
1. La descarga de los bonos por las personas usuarias se realizará en la web www.mercanavila.gal. Estos tendrán formato digital a través de un código QR y estarán disponibles para su utilización en una APP que permita realizar pagos (Wallet o similar).
2. Para poder canjear los bonos y hacer efectivos los descuentos a las personas usuarias, los/las comerciantes tendrán que descargar en su móvil la APP habilitada al efecto por la entidad colaboradora.
3. En el momento de la compraventa, los/las comerciantes tendrán que introducir en la APP el importe y el concepto de la venta, apareciendo automaticamente el importe a cobrar (una vez aplicado el descuento). El concepto de la venta introducido en la APP debe corresponderse con la numeración del tícket o factura de compra entregada a la clientela.
Las personas usuarias deberán mostrar su bono en formato código QR y pagar, en efectivo o con tarjeta, el importe final de la compra realizada.
4. Los bonos descargados se podrán utilizar hasta que el importe total de los descuentos efectivamente realizados en compraventas alcance el presupuesto de esta convocatoria.
Condiciones de uso dos bonos
1. Cada persona beneficiaria dispondrá de un único bono que podrá ser usado en uno o varios de los comercios adheridos al programa.
2. Cada bono tendrá la consideración de bono descuento por un valor de hasta 100 euros para las compras realizadas en los comercios adheridos.
El importe del bono se irá reduciendo en función del valor de la compra realizada de acuerdo con los siguientes criterios:
– Descuento de 5 € en compras iguales o superiores a 20 € e inferiores a 30 €.
– Descuento de 10 € en compras iguales o superiores a 30 € e inferiores a 50 €.
– Descuento de 15 € en compras iguales o superiores a 50 €. Todas estas cantidades se entienden con IVA incluído.
3. La validez de los bonos se extenderá hasta el plazo previsto en el artículo 18, salvo el agotamiento previo de su saldo, o hasta que el importe total de los descuentos efectivamente realizados en compraventas alcance el total del presupuesto del programa.
4. A través de la plataforma tecnológica del programa, los/as comerciantes tendrán su disposición la información necesaria y podrán consultar el histórico de sus ventas, los bonos ya canjeados, los abonos hechos por la entidad colaboradora y los demás detalles de cada operación.
5. En caso de devolución del bien o bienes comprados, el importe de la compra podrá ser canjeado por otra compra de precio igual o superior o por un vale sin caducidad por el importe correspondiente. El/la comerciante no podrá abonar a la persona consumidora, en ningún caso dinero en efectivo o en la tarjeta de crédito
6. No será aplicable el canje de esta ayuda para las compras en línea.