NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA LAS “CACHARELAS” DE SAN JUÁN Y SAN PEDRO
- Las personas, organizaciones o comunidades de vecinos que deseen realizar una “cacharela” en su zona de residencia, deberán comunicarlo antes de las 14.00 horas del próximo 22 de junio en horario de 9 y 14 horas señalando el lugar elegido, así como el nombre, dirección, teléfono de los responsables que deberán cuidar los alrededores y conocer el número de teléfono de la Policía Local 629 416 969.
- Se recomienda que el volumen de combustible de la “cacharela” no sobrepase los 2 metros de perímetro ni los 2 metros de altura y deberá contar con una fuente de extinción próxima.
- La separación entre las “cacharelas” y los edificios y árboles será como mínimo de 12 metros.
- Se pondrá especial cuidado de no situarlas bajo tendidos eléctricos o telefónicos, y que en los alrededores no exista ningún local en el que se almacenen productos inflamables.
- Se prohíbe la quema de neumáticos, plásticos, espumas de poliuretano, aceites y en general de cualquier sustancia que al arder desprenda humo tóxico.
- En ningún caso se echarán al fuego recipientes que contengan líquidos inflamables o gases y presión (sprais) aunque estén vacíos.
- Se prohíben las “cacharelas” en la playa o sobre terrenos de uso público.
- Al finalizar la “cacharela” y antes de abandonar el lugar de la misma, los responsables de la organización se encargarán de que las cenizas queden totalmente apagadas.
- Es responsable la persona solicitante de las infracciones cometidas durante la realización de la “cacharela”.