AYUDAS DE AGADER PARA LA AMPLIACIÓN DE PEQUEÑAS EMPRESAS RURALES NO AGRARIAS
Agader publicó en el DOG del 25 de enero de 2022 una nueva convocatoria de ayudas dirigida a la “Ampliación y modernización de todo tipo de pequeñas empresas que desarrollan actividades no agrarias”, dentro de la medida 6.4 “Inversiones en actividades no agrarias” del PDR de Galicia 2014-2022.
El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes desde la fecha de la publicación, es decir, hasta el próximo 25 de enero.
Los proyectos se podrán localizar en cualquier territorio de Galicia, excepto en las siguientes parroquias:
La convocatoria se puede consultar aquí.
La concesión de estas ayudas será en concurrencia competitiva y las personas promotoras, en ningún caso, podrán tener iniciadas las inversiones antes de la fecha de solicitud de la ayuda.
Personas beneficiarias:
- Microempresas y pequeñas empresas ubicadas en zona rural.
- Personas físicas que residan en una zona rural.
- Titulares y/o miembros de una unidad familiar de una explotación agraria que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas y que desarrollen su proyecto en la propia explotación.
Proyectos subvencionables:
Lo proyectos deben tener un prepuesto elegible superior a 10.000€ e inferior a 220.000€. En el caso de proyectos promovidos en el sector de la artesanía, los límites anteriores quedan establecidos en 5.000€ y 100.000€ respectivamente.
- Industrias, fábricas y locales destinados a la producción de bienes y materiales. No obstante el anterior, las inversiones relacionadas con el uso de madera como materia prima o fuente de energía se limitarán a las operaciones de la segunda transformación.
- Transformación y o comercialización de productos agrarios, cuando el producto final del proceso de transformación y/o comercialización derivado de las inversiones no esté incluido en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). No obstante a lo anterior, para este sector se actividad se excluirán aquellos proyectos con un presupuesto elegible superior a los 60.000€.
- Prestación de servicios en cualquier sector económico, con exclusión de las empresas de servicios de maquinaria agrícola y forestal y de las empresas de servicios energéticos.
- Prestación de servicios sociales (guarderías, cuidado de ancianos, de personas con discapacidad, granjas-escuela…).
- Actividades de ocio, recreativas y deportivas.
- Artesanía y actividades artesanales.
- Actividades basada en la innovación tecnológica y en el comercio electrónico.
- Actividades en los sectores de ingeniería, arquitectura, servicios técnicos, limpieza industrial y veterinaria.
- Comercio al por menor de productos no incluidos en el anexo I del TFUE.
Gastos subvencionables:
Con carácter general, será subvencionable la compra de maquinaria y equipamientos nuevos para la actividad empresarial, y que sean necesarios para el desarrollo de la actividad productiva de la empresa.
Importe de la ayuda:
45% de los gastos subvencionables. Para cualquier duda las personas promotoras pueden ponerse en contacto con Agader a través del correo electrónico: infoagader@xunta.gal o en los teléfonos: 981 547 382 – 981 547 369 – 981 542 690